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martes, 9 de diciembre de 2014

Análisis del discurso: Retos del Derecho Constitucional en el Siglo XXI en Venezuela Del profesor Jesús M Casal


El profesor Jesús M Casal hace un excelente análisis de trascendente importancia, desde nuestro punto de vista como futuros politólogos, para la ciencia del derecho y su especial vinculación con los fenómenos políticos. El profesor Casal determina desde un inicio cuales son los principios fundamentales, que para él, van a representar el desafío del derecho constitucional en Venezuela para el siglo XXI y los sintetiza en dos retos primordiales del Estado constitucional y democrático y del Derecho Constitucional: asegurar el pluralismo político y asumir la idea de la Constitución como instrumento de limitación y control del poder.

Sostiene el profesor Casal que para garantizar y promover el pluralismo político, sin el cual no puede haber una democracia plena: que se manifiesta en derechos fundamentales como las libertades de expresión, de asociación, de reunión y de manifestación; deben surgir acuerdos de convivencia con fuerzas políticas diversas, las cuales en nuestro pasado histórico tuvieron reflejo en la elaboración de la Constitución de 1961 y que sirven como mecanismos de preservación de la democracia.

Considera el profesor casal que el proceso iniciado tras la victoria de Hugo Chávez en 1998 supuso una negación del pluralismo lo que desemboco en el que los actores responsables del proceso en lugar de abrir un nuevo ciclo democrático impusieron una ideología y un modelo en el cual el Estado está al servicio de un pensamiento, de un liderazgo y de quienes lo secundan. Los sectores políticos y sociales extraños a este movimiento eran colocados al margen del proceso y de las instancias organizativas emergentes. El despliegue de este modelo supuso, muy rápidamente, la ocupación político-partidista de la institucionalidad prevista en la Constitución y el alineamiento de todos los poderes en una misma dirección. Desde la óptica del pluralismo, la devastación institucional sufrida por el país ha sido de enormes proporciones. El gobierno ha sido el principal responsable de este deterioro, aunque también ha sido favorecido por otros sectores.

 Para rescatar el carácter pluralista, de verdadera democracia, es importante depurar la legalidad formal de aquellas disposiciones que establecen controles, condicionamientos o filtros ideológicos para el disfrute de derechos, así como revisar leyes o decretos leyes dirigidos a moldear la sociedad y el ser humano bajo el sello ideológico del Estado-gobierno. Implica también efectuar designaciones en órganos de control, muy particularmente en las instancias judiciales, con base en criterios de capacidad y mérito y bajo la premisa del respeto de la división e independencia de los poderes públicos. La responsabilidad de los jueces constitucionales se vincula, antes que con el apalancamiento de un proyecto ideológico-partidista en ejecución, con la contención del poder en aras del cabal desenvolvimiento democrático y del respeto a los derechos fundamentales.

Por otra parte, el aseguramiento del pluralismo supone rescatar el parlamento como instancia de representación del pueblo en su diversidad política y de deliberación racional, reflejada en la legislación y en el control sobre el gobierno y la administración. El pluralismo está siendo arrinconado por la instauración del Estado socialista comunal teniendo ella en este sentido algo de fachada, es el dominio por el poder central, en cabeza del Presidente de la República, de todo el engranaje del circuito de legitimación que agrupa al poder popular, al nivel territorial comunitario y a la economía socialista El actual Plan de Desarrollo Económico y Social consagra esta forma de organización y amenaza seriamente el orden constitucional y democrático.

En cuanto al segundo punto de análisis referido a Reivindicar la Constitución como instrumento de limitación y control del poder, el profesor Casal sostiene que La consolidación institucional que el país requiere pasa necesariamente por el reconocimiento de la Constitución como norma jurídica vinculante principalmente orientada a limitar a los detentadores del poder.

 Afirma  Casal que el socavamiento de la normatividad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela comenzó antes de su promulgación, en virtud del Régimen de Transición del Poder Público adoptado por la Asamblea Nacional Constituyente, sobre todo por el triunfo de la idea de que la política, representada en la soberanía popular y en el poder constituyente originario como su momento culminante, podía abrasar toda legalidad o normatividad imperante, así como los principios medulares del Estado de Derecho, al haberse definido ese poder como no limitado jurídicamente. Uno de los ámbitos institucionales que en mayor grado resultó afectado por el régimen de transición fue el de la justicia.

 Hoy prevalece la desolación en el campo judicial desde la óptica de la independencia. Es fácil entender que esta postración de la justicia ante la política no hace posible que la Constitución cumpla su función de limitar el ejercicio del poder. Los órganos a los que corresponde la garantía última de los derechos humanos en el orden interno son los tribunales de la República y es ante ellos que puede obtenerse la forma más completa de control frente a los excesos del poder. De ahí que su fragilidad repercuta negativamente en todo el sistema jurídico.

 A la vista de esta instrumentalización ideológica de la justicia, no es de extrañar que la apertura de la Constitución al orden internacional de los derechos humanos haya sido obstruida por la jurisprudencia constitucional. Un proyecto ideológico cerrado, pretendidamente autosuficiente, se resiste a la interlocución con mecanismos y órganos internacionales de protección de los derechos humanos, que no están subordinados al pensamiento y a los intereses de un determinado gobierno o proceso político nacional.

La construcción institucional del país requiere, pues, de una Constitución en el sentido auténtico de la expresión. Desde la óptica del pluralismo político y del objetivo de la limitación jurídica del poder, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con todos sus defectos, puede ser una plataforma para la realización de esa idea de la Constitución, sin perjuicio de los cambios que democráticamente sean promovidos. La experiencia constitucional comparada indica que la reconducción constitucional y democrática de un sistema jurídico-político es posible aun conservando un texto constitucional que pueda ser cuestionado por las condiciones de su gestación o por su contenido.


En su oportunidad habrá que impulsar reformas dirigidas a suprimir la reelección presidencial indefinida, así como la de otras autoridades ejecutivas; a reducir los poderes presidenciales y ampliar los controles sobre su ejercicio; a prever algún control parlamentario sobre los ascensos militares; a limitar severamente la posibilidad de las delegaciones o habilitaciones legislativas, en términos más estrictos que los de las Constituciones de 1961 y 1999; a establecer un parlamento bicameral, con cámaras diferenciadas en algunas de sus atribuciones o cometidos, en su composición y mandato; y a corregir el sobredimensionamiento del concepto de la Seguridad de la Nación, entre otras modificaciones constitucionales necesarias, cuyo alcance transformador habrá de resolverse democráticamente

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